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Avanza por decreto el negocio inmobiliario de Milei con más de 400 propiedades públicas

A través del Decreto 590 de «enajenación de bienes públicos», el Gobierno pretende rematar 309 propiedades estatales, utilizando además la misma fundamentación que justifica la venta de «baldíos o edificios innecesarios para la gestión», que había sido utilizada en 2016 y 2019 (gobierno de Mauricio Macri) para «malvender» terrenos de muchísimo valor, por ejemplo manzanas no edificadas en Puerto Madero, por debajo de su valor de mercado, adem,ás de edificios públicos, predios ferroviarios, superficies aledañas a rutas nacionales superficies en zonas rurales, entre otros.

En el marco del intento de apurar las privatizaciones y el desmantelamiento del Estado, el gobierno publicó en la última semana de octubre un decreto por el cual ordena el remate de 309 propiedades. Algunas, ni siquiera son propiedad del Estado nacional. Además, se utilizó la misma fundamentación que justifica la venta de «baldíos o edificios innecesarios para la gestión», que había sido utilizada en 2016 y 2019 (gobierno de Mauricio Macri) para «malvender» terrenos de muchísimo valor, por ejemplo manzanas no edificadas en Puerto Madero, por debajo de su valor de mercado, logrando que en cada subasta participara un único oferente, y que además resultara beneficiario alguna empresa o sociedad estrechamente vinculada al gobierno. Una denuncia de la Oficina Anticorrupción de 2020 y un dictamen de la Auditoría General de la Nación más reciente (noviembre de 2023) coinciden en que, como consecuencia de estas operaciones, se provocó un perjuicio fiscal (ventas por debajo del valor real) de 62 millones de dólares para el Estado.

«Intentan repetir la misma maniobra: llamar a subasta urgente, bajar la tasación del inmueble con respecto al valor de mercado y que se presente un solo oferente», señala un profesional que colabora con la Asociación del Personal del INTA (APINTA), que ya presentó una denuncia por la inclusión del edificio de Cerviño 3101 en CABA (esquina con Ortiz de Ocampo), donde se alojan un centro de investigación, un laboratorio especializado en innovaciones tecnológicas y varias reparticiones técnicas del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria.

«No es un terreno baldío, como dice en los considerandos el decreto 950/2024 que habilita los 309 remates; no es un edificio en desuso o inútil, como dice en otro considerando. Pero es un edificio en una zona muy cotizada de Buenos Aires, tiene una valuación de 10 millones de dólares y ya salió, en pocos días, publicado el aviso que lo ofrece en subasta futura (argentina.gob.ar/subasta de bienes inmuebles en curso); con lo cual, podemos presumir que ya hay interesado», comenta irónicamente el profesional denunciante.

Se trata de una propiedad en Alto Palermo, a menos de 200 metros de Libertador y Coronel Díaz, en un terreno de más de 900 metros cuadrados de superficie y más de 3000 metros cuadrados cubiertos, con oficinas e instalaciones en excelente estado. Es una de las 309 propiedades incluidas en el anexo del Decreto 950, publicado en el Boletín Oficial el último 24 de octubre.

Ver el decreto 590/2024: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/310776/20240719

Propiedades «malvendidas»: la continuación

El decreto sostiene que estas ventas son la continuación de las del período 2016-2019, durante el cual se realizaron al menos diez adjudicaciones que en 2020 fueron denunciadas por la Oficina Anticorrupción por haber «malvendido propiedades» en beneficio de personas o empresas vinculadas al gobierno de Mauricio Macri.

Las adjudicaciones de la AABE en ese período fueron revisadas posteriormente por la Auditoría General de la Nación, que en un dictamen de noviembre de 2023 determinó que en esas diez operaciones se adjudicaron «sin necesidad» inmuebles por debajo del valor venal indicado por el Tribunal de Tasaciones de la Nación, con una pérdida par el Estado nacional del orden de los 62 millones de dólares.

Los adjudicatarios de esos inmuebles fueron, principalmente, «tres empresas: Consultatio, de Eduardo Constantini; TLGT, de Nicolás Caputo, y Santa María, del Grupo Techint, que hicieron negocios millonarios que ahora se quieren reeditar», indica la denuncia ante las autoridades del INTA.

La denuncia gremial

En la nota que la asociación del personal del INTA dirigió al vocal en representación de Federación Agraria en el Consejo Directivo del instituto, Pedro Paillole, señalan:

«El decreto 950/2024 en la parte que dispone la enajenación del edificio del INTA en avenida Cerviño 3101, CABA, es nulo de nulidad absoluta e insanable, ya que el predio es propiedad del INTA, una entidad autárquica por ley con patrimonio propio. Por lo que sus bienes no pueden ser enajenados por el Poder Ejecutivo a través de un decreto».

Agrega Apinta en la misma nota que el mismo acto administrativo (el decreto) que dispone la enajenacióndel edificio «es nulo por carecer de causa, ya que no existen los hechos mencionados y es falso el derecho invocado (se refiere a los considerandos del decreto), el objeto no es jurídicamente posible e incurre en desviación de poder».

Dichos conceptos jurídicos son ampliados y explicados hacia al el final de la misma nota, donde a modo de conclusión Apinta afirma:

«Tenemos entonces que el fundamento del Decreto 950 es resucitar el desmadre que le costó al Estado 62 millones de dólares. No lo sostenemos nosotros. Lo dice su considerando octavo»

«Los considerandos del decreto 950 se escribieron para un sitio baldío. Y la holgazanería del PEN hizo un copy paste, y lo introdujo para fundamentar erráticamente 309 enajenaciones que no tienen nada que ver la una con la otra. Los hechos alegados por el decreto son falsos. Por ende, el acto administrativo es nulo».

El gremio le imputa al Ejecutivo que «incurre en desviación de poder», lo cual significa que «el funcionario actúa con una finalidad distinta de la perseguida por la ley», citando la doctrina. Y luego cita que «la Procuración del Tesoro Nacional ha dicho que el interés público podría encontrarse gravemente afectado, y con ello configurarse la desviación de poder, ante un acto generador de un desprendimiento patrimonial estatal concretado sobre la base de un precio irrisorio».

Y agrega: «Mentir que un bien está ocioso o le causa gastos al Estado para justificar su venta, cuando en realidad lo que se busca es rematarlo para favorecer a algún agente privado (en perjuicio del INTA), a la vez que se persigue el desmantelamiento del Sistema de Ciencia, Técnica e Innovación Pública estatal, no sólo que es desviación de poder, excede la sanción de nulidad al acto administrativo: entramos ya acá en el terreno de la sanción penal».

Con información de Página 12 y agencias.

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