El Gobierno nacional hizo realidad la promesa incumplida por el macrismo/radicalismo, y a partir de julio próximo, y hasta noviembre, comienzan los reintegros del mal llamado Impuesto a las Ganancias. Finalmente la AFIP reglamentó los cambios. Los montos retenidos entre mayo y junio, serán devueltos desde julio. El costo fiscal de la medida es de $50 mil millones.
La AFIP reglamentó los cambios en el mal llamado Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría y determinó los montos retenidos para el período de enero a mayo serán reintegrados en cinco cuotas mensuales, entre julio y noviembre, según pudo averiguar Ámbito.
La titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, adelantó en Radio 10 que ya firmó la resolución que reglamenta que a partir de junio los salarios de hasta $150 mil no estarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, lo que beneficiará de forma directa a 1,2 millón de trabajadores.
Tal como lo establece la ley que modificó el tributo, y como el nuevo mínimo no imponible de $150 mil comienza a regir desde junio, el medio aguinaldo tampoco se verá alcanzado por el tributo para los trabajadores de la cuarta categoría.
Los beneficios comenzarán a observarse en los próximos recibos ya que esta semana se publicará en el Boletín Oficial la normativa de la AFIP que termina de implementar los cambios.
El aguinaldo no pagará el Impuesto a las Ganancias
Tal como lo establece la ley que modificó el tributo, y como el nuevo mínimo no imponible de $150 mil comienza a regir desde junio, el medio aguinaldo tampoco se verá alcanzado por el tributo para los trabajadores de la cuarta categoría.
“La reglamentación de la modificación del Impuesto a las Ganancias traerá alivio con los salarios de junio y también alcanzará al aguinaldo”, expresó Mercedes Marcó del Pont.
“Más de 1.200.000 de personas con salarios de hasta 150 mil pesos dejarán de pagar el impuesto. La ley impulsada por el oficialismo permite que solo 1 de cada 10 trabajadores en relación de dependencia se vea alcanzado por el impuesto”, definió.
Quiénes dejarán de pagar el Impuesto a las Ganancias
Fuentes oficiales explicaron que la resolución general del organismo “debió sortear laberintos que arrastraba el texto de la ley para garantizar el alcance de los beneficios”.
Finalmente, una vez publicada la reglamentación de la AFIP, quedarán eximidos del Impuesto a las Ganancias los trabajadores que cobren hasta $150 mil brutos y los jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos.
“El ingreso disponible adicional para las trabajadoras y los trabajadores es de unos 50.000 millones de pesos. La medida incrementa la capacidad de consumo de la clase media”, sostuvo Marcó del Pont.
En ese sentido, confirmó que “todos los que ganen hasta 150.000 pesos no van a tener retención y los que están entre 150.000 y 173.000 verán una reducción en la carga tributaria”.
Además, la ley contempla que los salarios superiores a $173.000 brutos continuarán pagando los mismos valores que desde el primero de enero cuando se actualizó el Mínimo No imponible en un 35%.
Por otra parte, los cambios también afectarán la actual legislación en materia de parejas en concubinato. Hasta hoy, la ley habilita deducir al cónyuge. Sin embargo, la nueva propuesta contempla ampliar ese derecho al concubino, cualquiera fuera su sexo. El oficialismo aclaró que este punto fue elaborado con fuerte incidencia en la perspectiva de género.
Además, se incorporó un artículo que mantiene el beneficio del «22% adicional» en la región patagónica pero con una carga tributaria menor que el resto de los contribuyentes, lo que «beneficiará a alrededor de 83.500 empleados y jubilados».
Por otro lado, se excluyó del pago de ganancias del reintegro de gastos de guardería para los hijos e hijas de hasta 3 años, con un monto de hasta $67.000 por año.
Se excluyó también del pago del impuesto la provisión de ropa de trabajo, al equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo y al otorgamiento o pago de cursos de capacitación. El artículo 111 establece que el dinero que se reciben por vales de combustibles, vivienda, viajes de recreo o descanso, pago de gastos de educación del grupo familiar u otros conceptos similares se encuentran alcanzados por el Impuesto a las Ganancias.
También se duplicará la deducción que se paga por hijo con discapacidad. Actualmente, ésta es de $78.833 al año y, a pedido expreso de los representantes sindicales se duplicará ese monto por cada hijo, hija, hijastro o hijastra discapacitado.
Por último, se prorrogó hasta el 20 de septiembre la exención que venció en diciembre para que el personal de salud no pague el Impuesto a las Ganancias a las horas extras que realiza debido a la pandemia del coronavirus y que fuera aprobada por el Congreso en mayo del año pasado.
Con información de ámbito.com
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