Otra Argentina. El presidente de TODOS, Alberto Fernández, se reunió en la Casa de Gobierno con todos los gobernadores provinciales y el Jefe de Gobierno Porteño, Horacio Rodríguez Larreta. A excepción del mandatario de Tierra del Fuego, Gustavo Mallella quien asume su mandato esta tarde. Durante el encuentro decidieron suspender el pacto fiscal celebrado por el macrismo y postergar todos los compromisos fiscales previstos por el lapso de un año.
El pacto fiscal suspendido esta mañana había sido firmado en 2017 por el expresidente Mauricio Macri y 19 mandatarios provinciales.
Uno de las claves de la medida es la suspensión de la rebaja del Impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB), de modo que las empresas que producen en el país deberán pagar la misma alícuota en 2020 que la de este año. Además se suspenden los juicios contra el Estado.
Del encuentro encabezado por el presidente, Alberto Fernández, que se realizó en el Salón Eva Perón de Casa Rosada, participaron también el ministro del Interior, Eduardo De Pedro, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y los mandatarios provinciales y porteño, Sergio Ziliotto (La Pampa); Gildo Insfrán (Formosa); Gustavo Valdés (Corrientes); Horacio Rodríguez Larreta (Ciudad de Buenos Aires); Mariano Arcioni (Chubut); Gerardo Zamora (Santiago del Estero); Raul Jalil (Catamarca); Sergio Uñac (San Juan); Alicia Kirchner (Santa Cruz); Arabela Carreras (Río Negro); Oscar Herrera Ahuad (Misiones); Ricardo Quintela (La Rioja); Rodolfo Suárez (Mendoza); Omar Gutiérrez (Neuquén); Axel Kicillof (Buenos Aires); Gustavo Sáenz (Salta); Jorge Capitanich (Chaco); Alberto Rodríguez Saa (San Luis); Juan Schiaretti (Córdoba); Omar Perotti (Santa Fe); Gustavo Bordet (Entre Ríos); Juan Manzur (Tucumán) y Gerardo Morales (Jujuy)
Texto completo del Consenso Fiscal 2019
CONSENSO FISCAL 2019
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 17 días del mes de diciembre de 2019, el señor Presidente de la Nación Argentina, los señores gobernadores y las señoras gobernadoras abajo firmantes y el Jefe de Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (en adelante, “CABA”), declaran:
Que, con fecha 23 de mayo de 2016, los señores gobernadores ylas señoras gobernadoras de diecinueve(19) provincias, la CABA y el Ministrodel Interior de la Nación firmaron el Acuerdo para un Nuevo Federalismo, posteriormente ratificado por el Honorable Congreso de la Nación por medio de la Ley N° 27.260.
Que,con fecha 16 de noviembre de 2017, el Estado Nacional, veintidós (22) provincias y la CABA, celebraron el Consenso Fiscal(en adelante “Consenso Fiscal 2017”), por medio del cual se buscó armonizar las estructuras tributarias de las distintas jurisdicciones. Dicho acuerdo fue ratificado por el Honorable Congreso de la Nación mediante la sanción de la LeyN° 27.429, mientras que veintiún (21) provincias y la CABA hicieron lo propio a través de sus respectivas legislaturas.
Que, como consecuencia de circunstancias macroeconómicas sobrevinientes durante el año 2018, resultó necesario adecuar algunas disposiciones de lo acordado en el Consenso Fiscal 2017. Por tal motivo, con fecha 13 de septiembre de 2018, el Estado Nacional, dieciocho (18)
provincias y la CABA, celebraron el “Consenso Fiscal 2018”, que fue ratificado por Ley N° 27.469.
Que nuestro país atraviesa una grave crisis económica que impacta especialmente en los estratos más bajos de la sociedad. Entre los años 2015 y 2019, el Producto Interior Bruto (PIB) se contrajo más de un cinco por ciento (5%) y el PIB per cápita un ocho por ciento (8%). A la vez, las sucesivas devaluaciones del tipo de cambio y los alarmantes niveles de inflación han generado un incremento patente de la pobreza, que supera el treinta y cinco por ciento (35%) de la población, con proyecciones aún más desalentadoras para el cierre del año.
Que la tasa de desempleo ha crecido hasta diez puntos con seis por ciento (10,6%), con mayor impacto entre los jóvenes, donde alcanza al dieciocho por ciento (18%) de los hombres y al veintitrés por ciento (23%) de las mujeres.
Que, asimismo, la sostenibilidad de la producción se encuentra seriamente comprometida ante la imposibilidad de acceder al crédito, por las elevadas tasas de interés, y los aumentos constantes de las tarifas de los servicios públicos. Ambas situaciones también impactan de lleno en la vida de las familias.
Que tampoco puede omitirse el enorme peso de una deuda pública que, en su mayor parte, fue contraída durante los últimos cuatro (4) años, en moneda extranjera y con acotados plazos de repago. Estos fondos no fueron utilizados para ampliar o mejorar la capacidad productiva y exportadora del país, por lo que Argentina enfrenta severas dificultades para hacer frente a los vencimientos de las obligaciones reseñadas.
Que en un escenario como el descripto, ante una depresión de la economía nacional que ha provocado un aumento significativo de la vulnerabilidad económica y social de vastos sectores de la población, resulta imprescindible introducir modificaciones a los compromisos asumidos por el Estado Nacional, las provincias y la CABA en los citados consensos fiscales celebrados en 2017 y 2018.
En virtud de lo expuesto, el Presidente de la Nación Argentina, los señores gobernadores y las señoras gobernadoras abajo firmantes y el Jefe de Gobierno de la CABA, celebran este acuerdo, por medio del cual se conviene lo siguiente:
I.Suspensión.
Suspender, hasta el día 31 de diciembre del año2020, la vigencia delos incisos b), c), d), h), j), k), l), m) y s) de la Cláusula III del Consenso Fiscal 2017 de fecha 16 de noviembre de 2017 y su modificatorio, el Consenso Fiscal 2018, de fecha 13 de septiembre de 2018. La suspensión del inciso d) de la Cláusula III, referida precedentemente, operará exclusivamente respecto de las exenciones y/o escalas de alícuotas contempladas para el período 2020, resultando, por lo tanto, exigibles a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aquellas previstas para los ejercicios fiscales 2018 y 2019.
II.Procesos Judiciales.
El Estado Nacional, las Provincias signatarias del presente y la CABA acuerdan la suspensión, por el plazo de un (1) año, contado a partir de su vigencia según lo previsto en la cláusula tercera, de las causas judiciales, cualquiera sea su radicación y estado de trámite, originado en reclamos derivados de, o relacionados con, el régimen de coparticipación federal establecido por la Ley N° 23.548 y sus normas modificatorias y complementarias.
Dicho plazo será prorrogable sucesivamente por períodos de la misma extensión, mediante canje de notas que expresen la voluntad en tal sentido de las partes firmantes.
Se conformará, a la mayor brevedad, una Comisión integrada por un representante de cada una de las partes signatarias, a fin de evaluar de manera integral las situaciones de orden jurídico y económico-financiero involucradas en los procesos alcanzados por la suspensión antes prevista. Dentro del plazo arriba indicado, dicha Comisión propondrá las medidas y cursos de acción que posibiliten una solución integral, de carácter no adversarial, para la problemática subyacente en los aludidos procesos.
III. Implementación.
Dentro de los treinta (30) días dela suscripción del presente, los poderes ejecutivos de las provincias firmantes, de la CABA y del Estado Nacional elevarán a sus poderes legislativos proyectos de ley para aprobar el presente acuerdo, modificar las leyes necesarias para cumplirlo y autorizar a los respectivos poderes ejecutivos para dictar normas a tal fin. El presente acuerdo producirá efectos respecto de las jurisdicciones que lo aprueben por sus legislaturas y a partir de esa fecha, quedando abierto a la adhesión por parte de los señores gobernadores y señoras gobernadoras de las provincias que no lo suscriben en el día de la fecha.