El Gobierno nacional promulgó este miércoles las leyes “Lucio” que busca prevenir las situaciones violentas y abusivas contra las infancias, surgidas tras el brutal asesinato de un niño de 5 años, Lucio Dupuy, por parte de su madre y su novia, y también la ley de “Alcohol 0”.
A casi tres semanas de haber sido aprobada en el Senado de la Nación, el Gobierno nacional promulgó este miércoles 3 de mayo la Ley Lucio, que busca prevenir las situaciones violentas y abusivas contra las infancias. Se trata de la normativa que surgió tras el asesinato del niño pampeano Lucio Dupuy, que fue asesinado por su madre y la pareja a los 5 años.
La normativa salió publicada esta madrugada en el Boletín Oficial bajo el decreto 253/2023 y las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi y la ministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz.
Con la promulgación, ahora el Estado debe poner en marcha los mecanismos establecidos para que se cumpla el objeto de la norma. Vale recordar que la ley, que logró la sanción en el Senado el pasado 13 de abril, tiene como finalidad establecer capacitaciones continuas, permanentes y obligatorias en materia de derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Esas capacitaciones están apuntadas a que las realicen aquellos profesionales que se desempeñan en áreas y dependencias de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado, que forman parte «corresponsable» del Sistema Integral de Promoción y Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
Siempre con un objetivo de fondo: que se generen las acciones necesarias para evitar que niños y niñas sean sometidos a situaciones de violencia y abusos que pongan en riesgo su integridad. Así, lograr que no haya más casos como el de Lucio Dupuy, por el que su madre Magdalena Espósito Valenti y la pareja de ella, Abigaíl Páez, fueron condenadas a prisión perpetua por la Justicia de La Pampa.
Entre esas medidas que establece la ley también podrán recibir las capacitaciones los agentes de las administraciones provinciales, municipales y de organizaciones sociales, deportivas, recreativas y culturales, en el marco de convenios de cooperación y colaboración con la autoridad de aplicación de la ley.
Los puntos centrales de la ley
Un eje de importancia es que la normativa fue planteada por un diputado del PRO, Martín Maquieyra, quien estuvo cerca de la familia desde los días posteriores al crimen. El legislador opositor comenzó a trabajar en la elaboración de la ley que consiguió el apoyo de sus pares no solo opositores, sino que del oficialismo también: el 13 de abril fue aprobada por unanimidad.
La autoridad de aplicación de la norma será la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), dependiente de Desarrollo Social.
Un eje central que establece la normativa es la protección de los denunciantes en los casos de posible vulneración, procurando «la reserva de identidad del denunciante y la protección de su integridad». Es decir, que pueda haber denuncias anónimas.
Además, busca propiciar la perspectiva de género y diversidades, respetar la Convención de los Derechos del Niño de la Asamblea General de las Naciones Unidas y formar y sostener vínculos afectivos y de confianza durante la convivencia social para beneficiar al desarrollo de las infancias.
Asimismo, la Ley Lucio apunta a la generación de espacios y métodos para que niños, niñas y adolescentes puedan alcanzar su derecho a ser oídos en procesos administrativos y judiciales, de modo que se habilita su participación en distintos ámbitos sociales y comunitarios.
Se promulgó la Ley de “Alcohol 0”
Luego de haber sido sancionada definitivamente en el Senado, la Ley de Alcohol Cero al volante fue promulgada este miércoles 3 de mayo en el Boletín Oficial. La normativa reduce por completo la ingesta de bebidas alcohólicas y estupefacientes para evitar las muertes y lesiones por siniestros viales.
Aprobada el último 13 de abril por 48 votos positivos y 9 negativos, la norma plantea una modificación en un artículo de la Ley de Tránsito 24.449 que establecía como límite una tolerancia de hasta 500 miligramos (0,5 gramos) de alcohol por litro de sangre para vehículos, hasta 200 miligramos (0,2 gramos) para motocicletas o ciclomotores, alcohol cero para transporte de pasajeros de menores de edad y de carga.
Es por ello que el decreto 254/2023 publicado en el Boletín Oficial, promulgó la Ley N.º 27.714 votada en Diputados en noviembre y posteriormente en el Senado. De esta manera se modifica el inciso a del artículo 48 de la ley 24.449.
En aquel punto se explica: “Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Asimismo, queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario”.
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