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En plena recesión económica más de un millón de trabajadores vuelven a pagar Ganancias desde julio

El Gobierno reglamentó la restitución de la cuarta categoría del tributo y alcanzará a un millón de personas más a partir del cobro del salario de julio. Nuevos montos y el detalle de las modificaciones. De acuerdo a las negociaciones con la oposición, se mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros, (es decir, para quienes ganen aproximadamente $1,5 millón netos); y $2,2 millones para personas con dos hijos (para quienes cobren unos $1,95 netos) La medida alcanza a más de un millón de trabajadores.

El presidente Javier Milei firmó el pasado viernes el decreto que reglamenta el Impuesto a las Ganancias y se publicó este lunes en el Boletín Oficial. De esta forma, desde el martes quedará restituida la cuarta categoría del tributo aprobada a finales de junio como parte del paquete fiscal que trató el Congreso.

De acuerdo a las negociaciones con la oposición, se mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros, aproximadamente $1,5 millón netos; y $2,2 millones para personas con dos hijos, unos $1,95 netos.

Anteriormente el mínimo no imponible equivalía a 15 salarios mínimos ($234.315,12) de lo que serían $3,5 millones brutos desde julio.

Tras la publicación del decreto, el impuesto comenzará a regir en julio y se verá reflejado en los sueldos que se percibirán durante los primeros días de agosto. Se trata de una de las medidas pendientes, luego de la aprobación de las normas para la moratoria, el blanqueo y Bienes Personales.

Un millón de trabajadores volverá a pagar impuesto a las Ganancias

Con esta medida, aproximadamente un millón de trabajadores que hasta ahora estaban exentos, comenzarán a pagar el impuesto en alícuotas de entre el 5% al 35%.

Los nuevos valores a pagar arrancan en (aproximadamente) $3000 mensuales hasta los $60.000 mensuales para los que hoy estaban exentos, y superaran los $100.000 mensuales quienes ganan más de $2.500.000 brutos.

Cabe destacar que los pagos que reciban los trabajadores como: horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto.

La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este 2024 y, luego, de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

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